De acuerdo a lo establecido en Ley N°21.647, las Isapres podrán, de manera extraordinaria, por una sola vez, incorporar al precio final del plan un valor en UF de la “prima por menores de 2 años”, por cada persona beneficiaria de entre 2 y 65 años. Esta prima permite financiar el valor de las prestaciones de los nonatos y menores de 2 años no cubiertas por el GES, de acuerdo a lo establecido en fallo de la Corte Suprema de noviembre de 2022. Sólo se exceptúan de este aumento extraordinario los planes que no utilizan tablas de factores.