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¿A partir de cuándo los beneficiarios del Fonasa pueden comprar bonos?

Los afiliados de Fonasa y sus cargas pueden comprar bonos, una vez que cumplan con los requisitos de pago de cotizaciones según la calidad laboral o previsional del cotizante.

Los bonos de Fonasa permiten acceder a una consulta o procedimiento médico con un prestador que se encuentre en convenio, a través de libre elección.

Fonasa cuenta con cuatro tipos de bonos para que te atiendas con el profesional de la salud que necesites:

Bono electrónico: puedes comprar este bono directamente en el prestador en convenio con Fonasa, a través del sistema Imed y/o Medipass con tu huella dactilar.

Bono web: puedes comprar este bono de forma digital en "Mi Fonasa" para consultas de médicos en convenio. Recibirás un correo electrónico y un mensaje de texto con tu bono para que acudas directamente al prestador.

Prefolio: es un código que generas en Mi Fonasa o en el call center, que te permite pagar el bono consulta en Sencillito o o Klap (ex Multicaja). Recibirás un voucher, que corresponde al bono, que debes presentar en el prestador el día de tu cita.

Bono papel: puedes comprarlo en las sucursales de Fonasa, ChileAtiende y algunos hospitales, clínicas y municipalidades.

¿Cómo incorporar un recién nacido al Fonasa o una Isapre?

Para incorpoar un recién nacido como beneficiario del Fonasa o una Isapre, el cotizante debe acudir a las sucursales del Fonasa o Isapre a realizar el trámite, llevando el respectivo certificado de nacimiento y de autorización de cargas legales, cuando proceda.

1) Los recién nacidos, hijos de afiliados al Fonasa, causantes de asignación familiar del padre o la madre, deberán a la brevedad ser acreditados como carga familiar del respectivo afiliado, en cualquiera de las sucursales del Fonasa, a lo largo del país, presentando:

  • Certificado de Autorización de Cargas emitido por Caja de Compensación o INP.
  • Certificado de Nacimiento o Carnet de Identidad del recién nacido.
  • Carnet de Identidad del cotizante.

Si no se ha regularizado la situación de carga familiar y el recién nacido necesita acceder a los beneficios de salud, se deberá presentar en forma conjunta, la credencial de salud del padre o la madre y el certificado de nacimiento correspondiente.

2) Los recién nacidos, hijos de afiliados a una Isapre, tendrán derecho a los beneficios dependiendo de la fecha en que sean inscritos en la referida Isapre.

¿Cómo se clasifican los beneficiarios de Fonasa según su tramo?

Fonasa clasifica a sus beneficiarios en los siguientes tramos A, B, C y D de acuerdo a su ingreso.

Tramos de ingreso para el año 2022

Tramo

Beneficiarios Bonificación y Copago
Tramo A
  • Personas carentes de recursos.
  • Causantes de subsidio familiar (Ley 18.020).

. Copago Cero en las atenciones de salud en la Red Pública en la Modalidad de Atención Institucional (MAI).

. No tiene acceso a compra de bonos, pues es carente de recursos.

Tramo B
  • Personas que perciben un ingreso imponible mensual menor o igual a $440.000.-

. Copago Cero en las atenciones de salud en la Red Pública en la Modalidad de Atención Institucional (MAI).

. Acceso a compra de bonos en establecimientos privados en convenio con Fonasa (Modalidad Libre Elección/MLE).

Tramo C
  • Personas que perciben un ingreso imponible mensual mayor a $440.000.- y menor o igual a $642.400.-

Nota: Con 3 o más cargas familiares pasará a Tramo B.

. Copago Cero en las atenciones de salud en la Red Pública en la Modalidad de Atención Institucional (MAI)

. Acceso a compra de bonos en establecimientos privados en convenio con Fonasa (Modalidad Libre Elección/MLE)

Tramo D
  • Personas que perciben un ingreso imponible mensual mayor a $642.400.-

Nota: Con 3 o más cargas familiares pasará a Tramo C.

. Copago Cero en las atenciones de salud en la Red Pública en la Modalidad de atención Institucional (MAI)

. Acceso a compra de bonos en establecimientos privados en convenio con Fonasa (Modalidad Libre Elección/MLE)

¿Cuáles son los antecedentes que se requieren para incorporarse a Fonasa?

Los antecedentes fundamentales que se deben presentar al momento de incorporarse al Fonasa son: cédula de identidad, liquidación de sueldo o pensión y carta de desafiliación o formulario de término de contrato si viene de una Isapre.

Para verificar los antecedentes aportados por el futuro beneficiario, el Fonasa podrá solicitar adicionalmente lo siguiente:

  • Trabajador recién contratado

    Desde que comienzas en un nuevo trabajo y hasta 45 días después de haber iniciado tus labores, puedes solicitar tu afiliación. Para esto debes presentar:

    • Contrato de trabajo.

    • Cédula de identidad.

    • Carta de desafiliación de una Isapre (si antes estabas en una de ellas).

    • En caso que no puedas realizar el trámite, puede hacerlo alguien por ti, siempre que tenga su cédula y tu cédula de identidad.

    Trabajador Independiente Voluntario

    • Cédula de identidad.

    • Certificado de Previred donde conste el pago de una cotización de salud del mes anterior o seis cotizaciones. Por Ley, las cotizaciones no deben ser inferiores al 7% del sueldo mínimo mensual.

    • Si quieres afiliar cargas legales, debes tener el certificado de nacimiento o matrimonio.

    • Carta de desafiliación de una Isapre (si antes estabas en una de ellas).

    • En caso que no puedas realizar el trámite, puede hacerlo alguien por ti, siempre que tenga su cédula y tu cédula de identidad.

    Trabajador Independiente con boleta de honorarios

    • Según la nueva Ley de Honorarios, si haces boletas por más de 5 sueldos mínimos, un porcentaje de la retención se utilizará para tu cotización de salud. Si realizaste boletas por más del monto indicado, tendrás cobertura de Salud en Fonasa desde julio del año que se realice la Operación Renta hasta junio del año siguiente.

    • Siempre que cotices más de 5 sueldos mínimos al año, tendrás la cobertura de salud durante el siguiente año (julio a junio).

    Trabajador a honorarios

    • Cédula de identidad.

    • Certificado de Previred donde conste el pago de una cotización de salud del mes anterior o seis cotizaciones. Por Ley, las cotizaciones no deben ser inferiores al 7% del sueldo mínimo mensual.

    • Si quieres afiliar cargas legales, debes presentar la autorización de cargas.

    • Carta de desafiliación de una Isapre (si antes estabas en una de ellas).

    • En caso que no puedas realizar el trámite, puede hacerlo alguien por ti, siempre que tenga su cédula y tu cédula de identidad.

    Trabajador dependiente o por temporada

    • Cédula de identidad.

    • Última cotización de salud o la última liquidación de sueldo, donde figure el descuento del 7% para Fonasa. En el caso que tu contrato sea por obra, faena, jornada, turnos o días, tienes que presentar un resumen de tus cotizaciones pagadas.

    • Carta de desafiliación de una Isapre (si antes estabas en una de ellas).

    • Si quieres afiliar cargas legales, debes presentar la autorización de cargas, que la entrega el IPS o la Caja de Compensación.

    • En caso que no puedas realizar el trámite, puede hacerlo alguien por ti, siempre que tenga su cédula y tu cédula de identidad.

    • Si al terminar el contrato por obra, faena o jornada quieres mantener la cobertura de salud por los 12 meses siguientes, puedes solicitar el beneficio de la afiliación extendida.

    Beneficio de la afiliación extendida

    Te entrega cobertura en salud hasta 12 meses después de la fecha del finiquito de trabajo. Se realiza en una sucursal de Fonasa y debes presentar.

    • El finiquito y contrato de trabajo, que registre si corresponde a obra o faenao por turnos o jornadas, que indique la fecha de inicio y término de este.

    • Certificado de cotizaciones del IPS y Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), donde acredite a lo menos 60 días (para trabajadores por turnos o jornadas) o 4 meses de cotizaciones (Trabajadores por obra o faena), según corresponda.

    • Una vez realizado el trámite, se activa inmediatamente este beneficio para ti y tus cargas registradas.

    Pensionado

    • Cédula de identidad.

    • Última colilla del pago de la pensión (mes anterior a la afiliación).

    • Carta de desafiliación de una Isapre (si antes estabas en una de ellas).

    • Si quieres afiliar cargas legales, debes tener la autorización de carga que la entrega la institución que paga la pensión: Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), Compañías de Seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS).

    • En caso que no puedas realizar el trámite, puede hacerlo alguien por ti, siempre que tenga su cédula y tu cédula de identidad.

    Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez o Vejez

    • Cédula de identidad.

    Colilla del último pago de la pensión.

    Personas carentes de recursos

    Debes presentar:

    • Cédula de identidad.

    • Formulario de clasificación de carencia de recursos, que debe ser completado y firmado por todos los integrantes de tu grupo familiar, mayores de 18 años.

    • Las cargas directas, en caso de tenerlas, deben presentar libreta matrimonio y certificado de nacimiento.

    Si tu solicitud es rechazada debes adjuntar lo siguiente:

    • Finiquito de trabajo o carta de renuncia.

    • Certificado de cotizaciones de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) de los últimos 12 meses.

    • Certificado de Registro social de hogares.

    • Certificado de término de giro o que no presenta movimientos ante el SII (solo en los casos que requieran dicho documento).

    Beneficiarios del Convenio Chile - España

    Permite a los ciudadanos españoles, inscritos en la Seguridad Social de España, recibir atención de salud. Esta inscripción se realiza en las sucursales de Fonasa.

    • Pasaporte.

    • Certificado de derecho a asistencia sanitaria española.

    Extranjeros con pensión de su país de origen

    La Superintendencia de Pensiones es la encargada de convertir la pensión que te entregaban en tu país a moneda nacional y calcula el monto de la cotización que tienes que pagar. El pago se realiza directamente en las sucursales con venta de bonos.

    • Cédula de Identidad o Pasaporte.

    • Formulario de convenio con extranjeros que entrega la Superintendencia de Pensiones.

    Extranjero con visa de residencia en trámite

    Esta documentación se presenta en las sucursales de Fonasa.

    • Pasaporte.

    • Solicitud de residencia (timbrada y vigente)

    Extranjero con contrato y sin RUN nacional

    Esta documentación se presenta en las sucursales de Fonasa.

    • Pasaporte.

    • Todas las planillas de cotizaciones de pensión pagadas, con el número de identificación provisorio entregado por la Administradora de Fondos de Pensiones, (AFP).

    • Solicitud de residencia (timbrada y vigente).

    • Permiso de trabajo

    Carentes de recursos

    Estos, son clasificados en el Tramo A, con derecho a atención de salud en toda la red Pública Preferente y tienen gratuidad. Sin embargo, no podrán acceder a la compra de bonos en la red privada.

    Para ser considerados como Carentes de Recursos se requiere no estar afecto a algún régimen de seguridad social en salud, normas especiales o convenios que den derecho a salud.

    Para acceder a este beneficio, debes dirigirte a tu Establecimiento de Salud más cercano (Consultorio, CESFAM, CECOF, COSAM, Hospital, etc.), así como a sucursales Fonasa, presentando:

    • Formulario de Clasificación de Carencia, debidamente completado y firmado por todos los integrantes del grupo hogar, mayores de 18 años.

  • Para confirmar la Institución de Salud de origen y la desafiliación de ésta, tratándose de afiliados a las isapres: una copia de la carta de desafiliación cursada o una fotocopia del Formulario Único de Notificación (F.U.N) tipo 2.

¿El Fonasa o las isapres pueden suspender los beneficios a sus afiliados?

No, los beneficios se suspenden sólo cuando se pierde la calidad de afiliado o beneficiario del sistema de salud respectivo (Fonasa o Isapre).

Cuando un afiliado o beneficiario del Fonasa se cambia a una Isapre, deja de tener beneficios en el Fonasa.

Mientras un afiliado o beneficiario de una Isapre mantenga vigente su contrato de salud, ésta no se puede suspender o restringir los beneficios, aun cuando el afiliado esté con las cotizaciones de salud impagas, cualquiera sea la calidad que éste tenga (trabajador dependiente o independiente, pensionado o cotizante voluntario).

¿Puede negarse la Isapre o el Fonasa a incorporar una carga legal?

No, tanto el Fonasa como las isapres deben aceptar como beneficiarios del sistema de salud a las cargas legales del cotizante mientras tengan dicha calidad.

Son beneficiarios del Fonasa y de las Isapres las cargas familiares de los cotizantes que cumplan con los requisitos establecidos en el DFL N°150 de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Respecto de los trabajadores independientes son cargas legales las personas que cumplan con las calidades y requisitos para ser causante de asignación familiar de un trabajador dependiente, establecidas en el citado DFL N° 150.

¿Qué sucede con los beneficiarios de un cotizante de Fonasa, si éste fallece?

En el evento que un cotizante de Fonasa fallezca y sus cargas obtengan una pensión de viudez u orfandad, continuarán afiliados al Fonasa cotizando el 7% de las pensiones que perciban. Los beneficiarios cotizantes tienen acceso a las atenciones de salud tanto en Modalidad Libre Elección (prestadores privados), como en Modalidad Institucional (Establecimientos Públicos de Salud).