La Ley N°21.350, establece que el reajuste, en caso de proceder, se notificará en el mes de marzo y se materializará en junio de cada año y ya no en la anualidad de cada contrato, como era lo habitual antes de esta nueva ley.
La notificación deberá ser enviada por la isapre hasta el 31 de marzo.
La Superintendencia dispone de los siguientes canales de comunicación para recibir los reclamos por alza de precio base de las isapres:
En en el caso que exista certeza de que la isapre no remitió la Carta de Adecuación a través de las vías que estipula la normativa, le asiste el derecho a reclamar en esta Superintendencia a través de los canales habilitados.
La desafiliación a la Isapre es una de las opciones a que tiene derecho y se materializará a partir del día 1 de junio del año respectivo. Debe considerar, eso sí, las patologías o diagnósticos que el/ella o el grupo familiar puedan tener, dado que tendrán obligatoriamente que ser declarados (aquellos que corresponda) en la nueva isapre a la cual desee cambiarse.