Personas que alegan haber sufrido daños por parte de un prestador privado de salud (clínicas, médicos y centros médicos, entre otros).
Procedimiento obligatorio de resolución de conflictos -previo a una acción judicial- entre una persona y un prestador privado de salud.
La Superintendencia de Salud recibe las solicitudes de mediación que presentan personas que alegan haber sufrido daños por parte de un prestador privado de salud (clínicas, médicos y centros médicos, entre otros).
La mediación está establecida en la Ley Nº 19.966 y es un procedimiento obligatorio de resolución de conflictos -previo a una acción judicial- entre una persona y un prestador privado de salud.
Todas aquellas personas que alegan haber sufrido daños por parte de un prestador privado de salud, pueden pedir esta mediación.
Tiempo y costo del trámite: 60 días corridos y se puede prorrogar hasta 120 días como máximo previo acuerdo de las partes. El arancel no puede superar los $230.200.- y en caso de prórroga se agregan $76.400.- El monto a cobrar por cada mediador se encuentra publicado en el Registro de Mediadores.
Para este sitio se recomienda utilizar Google Chrome.
- Realizar una presentación escrita del reclamo (a través de formulario o carta) en la Superintendencia de Salud, incluyendo los siguientes antecedentes:
- Formulario de solicitud de mediación contra prestadores privados de salud.