Acerca de la Superintendencia

Procedimiento para la Resolución de Controversias (Reclamo Arbitral)

El tiempo de tramitación de un reclamo arbitral es, por regla general, de 180 días corridos. Excepcionalmente y tratándose de materias complejas en que se requieran mayores antecedentes para resolver, o bien, ante situaciones novedosas en que no exista jurisprudencia sobre la materia objeto del reclamo, éste podría exceder el plazo antes señalado. Dicho plazo no considera el tiempo destinado a la etapa del cumplimiento, como tampoco el plazo para resolver un recurso de reposición, en caso de haberlo.

El procediemiento para la resolución de controversias es el siguiente:

imagen recurso_1.gif