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Aseguradoras

Normativa para Aseguradoras

Oficio Circular IF /N° 18

Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.

28 de septiembre de 2015

Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.
Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.

Informa interpretación del artículo 195 inciso tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO. El objetivo del presente oficio circular es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.

Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.
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Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.
Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.
Informa Interpretación del Artículo 195 Inciso Tercero del Código del Trabajo, de la SUSESO y cuyo objetivo es velar por la aplicación uniforme por las isapres de los criterios interpretativos de la Superintendencia de Seguridad Social en materias relacionadas con licencias médicas.
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