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Adecuación de contrato por alza de precio base

Corresponde a la facultad de la isapre de revisar los contratos de salud de manera anual, la que se realiza en el mes de suscripción. La isapre sólo puede proponer modificar el precio base del plan, en condiciones generales que no importen discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y beneficiario. El proceso de adecuación anual afecta sólo a los planes de salud individuales que se encuentran expresados en pesos o UF. Por lo tanto, excluye planes grupales y planes individuales expresados al 7%.