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Resolución Exenta IF N°41

Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de Los Andes, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES.

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