Superintendencia de Salud informa plazo para ingresar reclamos por alza del precio base de los planes de salud de isapres

A partir del 1 de abril y hasta el 31 de mayo, las personas afiliadas a isapres podrán ingresar su reclamo en la Superintendencia de Salud.

La Superintendencia de Salud informó que desde el sábado 1 de abril y hasta el miércoles 31 de mayo, se habilitará en el sitio web www.supersalud.gob.cl un enlace especial para que las personas afiliadas al sistema de isapres, puedan realizar gratuitamente su reclamo por el alza del precio base de los planes de salud.

El Superintendente de Salud, Dr. Víctor Torres detalló "ingresando a nuestro sitio web las personas podrán encontrar el icono RECLAMO ALZA PRECIO BASE, donde podrán oponerse al alza o bien pueden hacerlo de manera presencial en nuestras oficinas a lo largo de todo el país."

Además, la autoridad explicó que "aquellas personas que recibieron la comunicación de su isapre, tienen hasta el 31 de mayo para pronunciarse, ya sea aceptando el alza, cambiándose a alguno de los planes alternativos que debe ofrecer la isapre, cuyo valor sea similar al plan vigente, desahuciando el contrato de salud u oponiéndose al alza."

"Es importante recordar que, si la persona afiliada no se pronuncia sobre el alza, la ley señala que se entenderá por aceptado el reajuste aplicado por la isapre"

Respecto al proceso de reclamos el Superintendente Torres precisó que "todas las personas afiliadas que recibieron la carta de adecuación precio base podrán presentar su reclamo, si su isapre los notificó con un porcentaje de alza superior al 2,6%, que es el tope máximo permitido por la Superintendencia y, si la isapre informó el alza a una persona que tiene un plan de salud con menos de 1 año de vigencia."

Recordemos que la Ley 21350, permite a las isapres cada año puedan reajustar el precio base de los planes individuales de salud, sin embargo, también faculta a la Superintendencia de Salud para establecer un Indicador de Costos de la Salud (ICSA), que este año se fijó en 2,6%, como el tope máximo que podrán alzar las isapres el precio base de los planes de salud de sus afiliados y afiliadas.

Con este tope máximo de alza calculado por la Superintendencia se termina con la arbitrariedad del alza y se impide que las isapres traspasen la totalidad del aumento de sus costos de salud a las personas.

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