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Superintendencia de Salud explica Circular que da cumplimiento a las instrucciones que establece el fallo de la Corte Suprema

En caso de que las Isapres confirmen el alza de precios, éste no podrá ser superior al 7,6% y deberá ser fundamentado tal como señala la sentencia de la Corte Suprema.
Isapres tienen plazo hasta el jueves 8 de septiembre para notificar las nuevas alzas de planes.

5 de septiembre de 2022

El Superintendente de Salud, Dr. Víctor Torres, dio a conocer este martes los detalles de la Circular que da cumplimiento al fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto el alza de planes de las Isapres.

Sobre el proceso de restitución de los montos que ya fueron cobrados por concepto de alza de precio base, entre los meses de junio y agosto de este año, serán restituidos como excedentes de manera secuencial, es decir que el porcentaje de alza cobrado en junio será reconocido como excedente en el mes de octubre, el cobrado en julio estará disponible como excedente en noviembre, y lo cobrado en agosto estará a disposición en el mes de diciembre. La restitución de los montos será automática en los plazos antes indicados.

En el caso de que las personas no hagan uso de estos excedentes, la devolución se realizará de acuerdo con el régimen de excedentes, las Isapres devuelven anualmente a sus afiliados y afiliadas el saldo acumulado de sus cuentas individuales de excedentes por medio de transferencia electrónica o para ser cobrados en la respectiva isapre en el mes de enero 2023.

De igual forma, aquellas personas que se cambiaron de plan producto del alza, podrán solicitar, si así lo quieren, volver al plan que tenían contratado antes de la comunicación del alza. En el caso, de las personas afiliadas que optaron por desafiliarse de la Isapre, ante la imposibilidad de pagar el alza notificado por la Isapre, podrán solicitar la reafiliación a la Isapre.

Proceso de comunicación de la adecuación de planes 2022

Respecto a la instrucción de la Corte Suprema que ordena a la Superintendencia de Salud a establecer un nuevo plazo para la comunicación del porcentaje de alza que fijaran las isapres para su cartera de cotizantes, el Superintendente, Víctor Torres informó que «las isapre tendrán un plazo de 10 días hábiles contado desde la notificación de la circular (6 de septiembre de 2022), para informar a quienes se les haya comunicado el alza de precio base año 2022, mediante correo electrónico o por carta certificada, la decisión de la Corte Suprema que dejó sin efecto la comunicación de las isapres informada en marzo de 2022.»

agregó «En dicha comunicación las isapres deberán informar las instrucciones impartidas por la Circular y el plazo que las personas tienen para revocar el cambio de plan de salud o para reintegrarse a la isapre. Asimismo, las isapres deberán incorporar una advertencia de que la Corte Suprema permitió un nuevo procedimiento de adecuación para el año 2022.»

En cuanto al procedimiento ordenado por la Corte Suprema, el Superintendente explicó que «si las Isapres deciden aumentar o no el precio base de sus planes de salud, deberán notificar a esta superintendencia, en un plazo de 2 días hábiles contados desde la notificación de la Circular, el porcentaje y la fundamentación del alza, que en ningún caso podrá ser mayor al 7,6% establecido en marzo de este año. Esta alza deberá ser fundamentada y justificada con los antecedentes que menciona en el fallo la Corte Suprema.»

Una vez efectuada dicha notificación al regulador, la Superintendencia tiene plazo hasta el 15 de septiembre para realizar la verificación de los antecedentes ordenada por la Corte Suprema. Si el regulador da el visto bueno al alza, las isapres deberán notificar dentro de 10 días corridos a las personas afiliadas. Esto es, desde el 15 de septiembre al 25 de septiembre de 2022.

Las personas afiliadas tendrán 10 días corridos para pronunciarse (oponerse al alza, cambiar de plan o desafiliarse de la isapre) sobre el alza aplicado por la Isapre. Esto ocurriría entre el 25 de septiembre y al 5 de octubre de 2022. Si la persona afiliada no se pronuncia en este plazo, se entiende por aceptada el alza. No obstante, las personas que no se pronunciaron y se asume tácitamente la aceptación del alza, tendrán hasta el 30 noviembre, para cambiarse de plan o desafiliarse, en cuyo caso las isapres deberán restituir las diferencias por adecuación.