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Superintendente de Salud da a conocer a Laboratorios Clínicos los requisitos que deberán cumplir para acreditarse en calidad

A contar del 1° de julio del 2014 todos los laboratorios clínicos deberán estar acreditados en calidad para otorgar prestaciones Auge.

7 de diciembre de 2011

Dar a conocer el proceso de acreditación que concierne a los Laboratorios Clínicos y las exigencias que son requeridas para obtener este sello de calidad, que será exigido a contar del 1° de julio del 2014 para aquellos que deseen otorgar prestaciones Auge,  fue el eje de la presentación que realizó el Superintendente de Salud, Luis Romero, en el seminario «Acreditación de Laboratorios Clínicos: Un desafío impostergable», organizado por la Escuela de Tecnología Médica de la Facultad de Medicina de Clínica Alemana-Universidad del Desarrollo y la Asociación Gremial de Laboratorios Clínicos de Chile, ALACLIN.

En la ocasión, la Autoridad explicó en qué consiste el Manual del Estándar General de Acreditación para Laboratorios Clínicos, qué ámbitos y características lo componen, así como también detalló el nivel de cumplimiento que deben lograr para obtener la acreditación de calidad en los procesos de atención en salud.

El Superintendente de Salud, Luis Romero, señaló que «es muy importante que todos los laboratorios del país se acrediten, ya que al tener establecidos estándares y protocolos se minimizan los errores de procedimiento, garantizando a sus pacientes más seguridad y una mejor calidad en la atención».

El estándar para Laboratorios Clínicos, que está orientado a Laboratorios Independientes, es decir, no asociados a hospitales, clínicas o centros médicos, contiene 9 ámbitos y un total de 30 características, de las cuales 8 son obligatorias. En la primera acreditación, que efectúa una entidad acreditadora externa autorizada por  la Superintendencia de Salud y fiscalizada, en el caso de los laboratorios, por el Instituto de Salud Pública, ISP, el laboratorio tiene que cumplir con el 70% de las características, incluidas todas las obligatorias.

La acreditación tiene una vigencia de tres años, período en el cual la Superintendencia de Salud en coordinación con el ISP fiscalizan que se mantengan los requisitos por los que el laboratorio clínico obtuvo la acreditación. Pasado este período, el prestador deberá someterse a una nueva acreditación, pero esta vez con un mayor número de exigencias. En la segunda acreditación y siguientes se requiere un mínimo de 95% de cumplimiento o más.

En el país son, aproximadamente, 780 los laboratorios clínicos que pueden solicitar la acreditación bajo las normas de este manual.