Fecha de publicación | Prestador | Título | Resumen y modificaciones | Materia | Año | ||
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30/12/2014 | Clínica Alemana de Temuco | Resolución Exenta IP/N° 1840 | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Temuco, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Clínica | |
30/12/2014 | Clínica Alemana de Temuco | Resolución Exenta IP/N° 1834 | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Temuco, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Clínica | |
22/12/2014 | Clínica Reñaca | Resolución Exenta IF N° 505 | Impónese una multa de 200 UF, a la Clínica Reñaca, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
22/12/2014 | Clínica Vespucio | Resolución Exenta IF N° 503 | Impónese una multa de 200 UF, a la Clínica Vespucio, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
22/12/2014 | Clínica Valparaíso | Resolución Exenta IF N° 502 | Impónese una multa de 270 UF, a la Clínica Valparaíso, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
22/12/2014 | Clínica El Loa | Resolución Exenta IF N° 501 | Impónese a la Clínica El Loa una multa de 230 UF por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
22/12/2014 | Clínica Los Carrera | Resolución Exenta IF N° 498 | Impónese una multa de 240 UF, a la Clínica Los Carrera, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
22/12/2014 | Clínica Las Lilas | Resolución Exenta IF N° 497 | Impónese una multa de 210 UF, a la Clínica Las Lilas, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
19/12/2014 | Clínica Sierra Bella | Resolución Exenta IP/N° 1784 | Sanciónase al pago de una multa de 70 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Sierra Bella, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Clínica | |
19/12/2014 | Clínica Avansalud | Resolución Exenta IP/N° 1782 | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Avansalud, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Clínica | |
19/12/2014 | Clínica San José | Resolución Exenta IP/N° 1776 | Sanciónase al pago de una multa de 360 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica San José, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. y rechaza el recurso de reposición presentado por el prestador con fecha 17/07/2013. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Clínica | |
19/12/2014 | Clínica Maitenes | Resolución Exenta IP/N° 1774 | Sanciónase al pago de una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Los Maitenes, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Clínica | |
16/12/2014 | Clínica Sanatorio Alemán | Resolución Exenta IF/N° 492 | Impónese a la Clínica Sanatorio Alemán una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
16/12/2014 | Clínica Dávila | Resolución Exenta IF N° 488 | Impónese a la Clínica Dávila una multa por 250 U.F., por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
27/11/2014 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda | Resolución Exenta IF N° 473 | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
27/11/2014 | Centro Médico Servicios Pediátricos Núñez - Díaz | Resolución Exenta IF/N° 471 | Impónese al Centro Médico Servicios Pediátricos Núñez - Díaz una multa de 150 U.F. (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
19/11/2014 | Centro Médico Megasalud Osorno | Resolución Exenta IF N° 465 | Impónese al Centro Médico Megasalud Osorno una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
19/11/2014 | Centro Médico Megasalud Puerto Montt | Resolución Exenta IF N° 464 | Impónese al Centro Médico Megasalud Puerto Montt una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
18/11/2014 | Centro Médico Megasalud La Serena | Resolución Exenta IF N° 458 | Impónese al Centro Médico Megasalud La Serena una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
18/11/2014 | Centro Médico Megasalud La Florida | Resolución Exenta IF N° 457 | Impónese al Centro Médico Megasalud La Florida una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
18/11/2014 | Centro Médico Megasalud Puente Alto | Resolución Exenta IF N° 456 | Impónese al Centro Médico Megasalud Puente Alto una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
18/11/2014 | Centro Médico y Diagnóstico Atacama | Resolución Exenta IF N° 455 | Impónese al Centro Médico y Diagnóstico Atacama una multa de 240 U.F. (doscientas cuarenta unidades de fomento), por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
12/11/2014 | Centro Médico Cochrane | Resolución Exenta IF N° 450 | Impónese al Centro Médico Cochrane, una multa por 220 U.F., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
10/11/2014 | Centro Médico Megasalud Arica | Resolución Exenta IF N° 448 | Impónese al Centro Médico Megasalud Arica una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
10/11/2014 | Centro Médico Megasalud Chillán | Resolución Exenta IF N° 444 | Impónese al Centro Médico Megasalud Chillán una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
10/11/2014 | Centro Médico Megasalud Antofagasta | Resolución Exenta IF N° 443 | Impónese al Centro Médico Megasalud Antofagasta una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
10/11/2014 | IST Metropolitano | Resolución Exenta IF N° 442 | Impónese al IST Metropolitano una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Otros Prestadores | |
10/11/2014 | Centro Médico Los Carrera | Resolución Exenta IF N° 441 | Impónese al Centro Médico Los Carrera una multa de 220 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966.Fecha y motivo de la modificaciónModificada por la Resolución Exenta IF/N° 188 del 12/07/2017 que acoge parcialmente el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución Exenta IF/N° 441, de 10 de noviembre de 2014. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
10/11/2014 | CESFAM Victoria | Resolución Exenta IF N° 440 | Se amonesta al CESFAM Victoria, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
30/10/2014 | Centro Médico Megasalud Calama | Resolución Exenta IF N° 438 | Impónese al Centro Médico Megasalud Calama una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
30/10/2014 | Centro Médico y Dental Megasalud Temuco | Resolución Exenta IF N° 437 | Impónese al Centro Médico y Dental Megasalud Temuco una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
30/10/2014 | CESFAM El Aguilucho | Resolución Exenta IF N° 436 | Se amonesta al CESFAM El Aguilucho, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
30/10/2014 | Clínica Arauco Salud | Resolución Exenta IF N° 435 | Impónese a Clínica Arauco Salud una multa de 240 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
30/10/2014 | CESFAM Eduardo Frei Montalva | Resolución Exenta IF N° 434 | Se amonesta al CESFAM Eduardo Frei Montalva, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
30/10/2014 | CESFAM Los Cerros | Resolución Exenta IF N° 433 | Se amonesta al CESFAM Los Cerros, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/10/2014 | CESFAM Eleuterio Ramírez | Resolución Exenta IF N° 426 | Se amonesta al CESFAM Eleuterio Ramírez, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/10/2014 | CESFAM de Chiguayante | Resolución Exenta IF N° 425 | Se amonesta al CESFAM de Chiguayante, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
23/10/2014 | Centro Médico Vidaintegra Apoquindo | Resolución Exenta IF N° 415 | Se amonesta al Centro Médico Vidaintegra Apoquindo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
23/10/2014 | Centro de Referencia de Salud (CRS) El Pino | Resolución Exenta IF N° 414 | Se amonesta al CRS El Pino, Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
30/09/2014 | Clínica Maitenes | Resolución Exenta IF N° 394 | Se amonesta a la Clínica Los Maitenes, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
30/09/2014 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Resolución Exenta IF N° 393 | Se amonesta a la Clínica UC San Carlos de Apoquindo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
26/09/2014 | CESFAM Norte | Resolución Exenta IF/N° 388 | Se amonesta al prestador CESFAM Norte Dr. Atilio Almagiá Pereira, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
26/09/2014 | CESFAM Putre | Resolución Exenta IF N° 387 | Se amonesta al CESFAM Putre, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
26/09/2014 | CESFAM La Leonera | Resolución Exenta IF N° 382 | Se amonesta al CESFAM La Leonera, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
26/09/2014 | CESFAM Quinchamalí | Resolución Exenta IF N° 381 | Se amonesta al CESFAM Quinchamalí, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
26/09/2014 | CESFAM Dr. Ricardo Valdés Hurtado | Resolución Exenta IF N° 380 | Se amonesta al CESFAM Dr. Ricardo Valdés Hurtado, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
26/09/2014 | CESFAM Dr. David Benavente de Ninhue | Resolución Exenta IF N° 379 | Se amonesta al CESFAM Dr. David Benavente de Ninhue, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
24/09/2014 | CESFAM Padre Damián de Molokai | Resolución Exenta IF N° 378 | Se amonesta al CESFAM Padre Damián de Molokai, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
24/09/2014 | CESFAM Marcelo Mena | Resolución Exenta IF N° 377 | Se amonesta al CESFAM Marcelo Mena, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
24/09/2014 | CESFAM Hualpencillo | Resolución Exenta IF N° 376 | Se amonesta al CESFAM Hualpencillo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
24/09/2014 | CESFAM Curimón | Resolución Exenta IF N° 375 | Se amonesta al CESFAM Curimón, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
09/09/2014 | CESFAM Paulina Avendaño Pereda | Resolución Exenta IF N°369 | Se amonesta al CESFAM Paulina vendaño Pereda, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
09/09/2014 | CESFAM Cartagena | Resolución Exenta IF N° 368 | Se amonesta al CESFAM Cartagena, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/09/2014 | CESFAM San Ramón Nonato | Resolución Exenta IF N° 366 | Se amonesta al CESFAM San Ramón Nonato, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/09/2014 | CESFAM Arrau Méndez | Resolución Exenta IF N° 365 | Se amonesta al CESFAM Arrau Méndez, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/09/2014 | CESFAM Castro Alto | Resolución Exenta IF N° 364 | Se amonesta al CESFAM Castro Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/08/2014 | CESFAM Yobilo | Resolución Exenta IF N° 357 | Se amonesta al CESFAM Yobilo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/08/2014 | CESFAM Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga | Resolución Exenta IF N° 356 | Se amonesta al CESFAM Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/08/2014 | CESFAM Violeta Parra | Resolución Exenta IF N° 355 | Se amonesta al CESFAM CESFAM Violeta Parra por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/08/2014 | CESFAM Cardenal Raúl Silva Henríquez | Resolución Exenta IF N° 354 | Se amonesta al CESFAM Cardenal Raúl Silva Henríquez, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/08/2014 | CESFAM Centenario | Resolución Exenta IF N° 353 | Se amonesta al CESFAM Centenario, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
29/08/2014 | CESFAM Dr. Juan C. Baeza B. de San Clemente | Resolución Exenta IF N° 352 | Se amonesta al CESFAM Dr. Juan C. Baeza B. de San Clemente, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM José Bauzá Frau | Resolución Exenta IF N° 351 | Se amonesta al CESFAM José Bauzá Frau, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Sol de Septiembre | Resolución Exenta IF N° 348 | Se amonesta al CESFAM Sol de Septiembre, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Diputado Manuel Bustos Huerta | Resolución Exenta IF N° 347 | Se amonesta al CESFAM Diputado Manuel Bustos Huerta, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Marta Estévez | Resolución Exenta IF N° 346 | Se amonesta al CESFAM Marta Estévez por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM El Barrero | Resolución Exenta IF N° 345 | Se amonesta al CESFAM El Barrero, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Centro de San Fernando | Resolución Exenta IF N° 344 | Se amonesta al CESFAM Centro de San Fernando, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM 30 de Marzo | Resolución Exenta IF N° 343 | Se amonesta al CESFAM 30 de Marzo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Lontué | Resolución Exenta IF N° 342 | Se amonesta al CESFAM Lontué, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM San Rafael | Resolución Exenta IF N° 341 | Se amonesta al CESFAM San Rafael por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Purranque | Resolución Exenta IF N° 340 | Se amonesta al CESFAM Purranque, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/08/2014 | CESFAM Oscar Bonilla | Resolución Exenta IF N° 339 | Se amonesta al CESFAM Oscar Bonilla, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
11/08/2014 | CESFAM Dr. Arturo Baeza Goñi | Resolución Exenta IF N° 319 | Se amonesta al CESFAM Dr. Arturo Baeza Goñi, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
11/08/2014 | CESFAM Las Torres | Resolución Exenta IF N° 318 | Se amonesta al CESFAM Las Torres, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
11/08/2014 | Centro Asistencial Norte | Resolución Exenta IF N° 317 | Se amonesta al Centro Asistencial Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
11/08/2014 | CESFAM Cirujano Videla | Resolución Exenta IF N° 316 | Se amonesta al CESFAM Cirujano Videla, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
11/08/2014 | CESFAM Dr. Alberto Reyes | Resolución Exenta IF N° 315 | Se amonesta al CESFAM Dr. Alberto Reyes por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
11/08/2014 | CESFAM Freirina | Resolución Exenta IF N° 314 | Se amonesta al CESFAM Freirina, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
11/08/2014 | CESFAM Dr. Luis Herrera | Resolución Exenta IF N° 313 | Se amonesta al CESFAM Dr. Luis Herrera, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
28/07/2014 | CESFAM Alto Jahuel | Resolución Exenta IF N° 296 | Se amonesta al CESFAM Alto Jahuel, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
18/07/2014 | Consultorio de Casablanca | Resolución Exenta IF N° 288 | Se amonesta al Consultorio de Casablanca, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19,966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Consultorio | |
18/07/2014 | CESFAM Panquehue | Resolución Exenta IF N° 287 | Se amonesta al CESFAM Panquehue, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
18/07/2014 | CESFAM Norte | Resolución Exenta IF N° 286 | Se amonesta al CESFAM Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
18/07/2014 | CESFAM Juan Cartes Arias | Resolución Exenta IF N° 285 | Se amonesta al CESFAM Juan Cartes Arias, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
18/07/2014 | CESFAM Río Bueno | Resolución Exenta IF N° 284 | Se amonesta al CESFAM Río Bueno, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
18/07/2014 | CESFAM Doñihue | Resolución Exenta IF N° 283 | Se amonesta al CESFAM Doñihue, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/07/2014 | CESFAM Sur | Resolución Exenta IF N° 256 | Se amonesta al CESFAM Dr. Emilio Schaffhauser, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/07/2014 | CESFAM Sur | Resolución Exenta IF N° 255 | Se amonesta al CESFAM Sur, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/07/2014 | CESFAM Estación | Resolución Exenta IF N° 254 | Se amonesta al CESFAM Estación, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
08/07/2014 | CESFAM Alto del Carmen | Resolución Exenta IF N° 253 | Se amonesta al CESFAM Alto del Carmen, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
19/05/2014 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Resolución Exenta IF /N° 197 | Impónese a la Clínica Los Andes de Puerto Montt, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento) por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde.Fecha y motivo de la modificaciónModificada por la Resolución Exenta SS N° 994 del 23/06/2016 que acoge parcialmente el recurso jerárquico interpuesto subsidiariamente en contra de la Resolución Exenta IF/N° 197 de 19 de mayo de 2014. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
28/04/2014 | Clínica Cumbres del Norte | Resolución Exenta IF N° 164 | Se amonesta a la Clínica Cumbres del Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
16/04/2014 | CESFAM San Pablo de Mirasol | Resolución Exenta IF N° 152 | Se amonesta al CESFAM San Pablo de Mirasol, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
16/04/2014 | CESFAM Joan Crawford Astudillo | Resolución Exenta IF N° 151 | Se amonesta al CESFAM Joan Crawford Astudillo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
16/04/2014 | Centro Médico Plusmédica | Resolución Exenta IF N° 150 | Se amonesta al Centro Médico Plusmédica, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
14/04/2014 | Clínica Miraflores | Resolución Exenta IF N° 147 | Se amonesta a la Clínica Miraflores, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
03/04/2014 | Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol | Resolución Exenta IF N° 136 | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
20/03/2014 | Centro Médico Temuco | Resolución Exenta IF N° 116 | Se amonesta al Centro Médico Temuco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
20/03/2014 | Centro Médico Servicios Pediátricos Núñez - Díaz | Resolución Exenta IF N° 115 | Se amonesta al Centro Médico Servicios Pediátricos Nuñez - Diaz, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
20/03/2014 | CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo | Resolución Exenta IF N° 114 | Se amonesta al CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
14/03/2014 | Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo | Resolución Exenta IP/N° 303 | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital de Linares, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2014 | Hospital | |
14/03/2014 | CESFAM Peralillo | Resolución Exenta IF N° 112 | Se amonesta al CESFAM Peralillo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
13/03/2014 | Clínica Hospital del Profesor | Resolución Exenta IF N° 106 | Se amonesta a la Clínica Hospital del Profesor, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
13/03/2014 | Mutual de Seguridad C. CH. C. de Puerto Montt | Resolución Exenta IF N° 101 | Se amonesta a la Mutual de Seguridad C.CH.C de Puerto Montt, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Mutual de Seguridad | |
13/03/2014 | Centro Médico Cochrane | Resolución Exenta IF N° 102 | Se amonesta al Centro Médico Cochrane, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
13/03/2014 | Centro Médico Asociación Chilena de Seguridad de Temuco | Resolución Exenta IF N° 104 | Se amonesta al Centro Médico Asociación Chilena de Seguridad de Temuco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
06/03/2014 | CESFAM Frutillar Alto | Resolución Exenta IF N° 98 | Se amonesta al CESFAM Frutillar Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
06/03/2014 | Consultorio Paillaco | Resolución Exenta IF N° 97 | Se amonesta al Consultorio Paillaco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Consultorio | |
03/03/2014 | Clínica Sanatorio Alemán | Resolución Exenta IF N° 95 | Se amonesta a la Clínica Sanatorio Alemán por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
03/03/2014 | Clínica Avansalud | Resolución Exenta IF N° 94 | Se amonesta a la Clínica Avansalud Providencia, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
21/02/2014 | CESFAM Santa Rosa | Resolución Exenta IF N° 88 | Se amonesta al CESFAM Santa Rosa, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
21/02/2014 | Consultorio Los Lagos | Resolución Exenta IF N° 87 | Se amonesta al Consultorio Los Lagos, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Consultorio | |
20/02/2014 | CESFAM Los Volcanes | Resolución Exenta IF N° 85 | Se amonesta al CESFAM Los Volcanes, por el Incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
20/02/2014 | CESFAM Carlos Trupp | Resolución Exenta IF N° 83 | Se amonesta al CESFAM Carlos Trupp, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | CESFAM | |
20/02/2014 | Centro Médico Megasalud Punta Arenas | Resolución Exenta IF N° 82 | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Punta Arena, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
07/02/2014 | Clínica Universitaria de Concepción | Resolución Exenta IF N° 70 | Se amonesta a la Clínica Universitaria Concepción, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
07/02/2014 | Centro Médico Los Carrera | Resolución Exenta IF N° 69 | Se amonesta al Centro Médico Los Carrera, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
07/02/2014 | Clínica Tarapacá | Resolución Exenta IF N° 68 | Se amonesta a la Clínica Tarapacá, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Clínica | |
05/02/2014 | Clínica Los Carrera | Resolución Exenta IF N° 65 | Declárese prescrita la acción sancionatoria prevista en el inciso 2° del artículo 125 del DFL N°1, de 2005, de Salud, en relación con las faltas cometidas por la Clínica Los Carrera, con anterioridad al 17 de diciembre de 2012. Impónese una multa de 200 U.F. a la Clínica Los Carrera, de Quilpué, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2014 | Clínica | |
28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Puente Alto | Resolución Exenta IF N° 53 | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Puente Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Arica | Resolución Exenta IF N° 52 | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Arica, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Viña del Mar | Resolución Exenta IF N° 51 | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Viña del Mar, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Rancagua | Resolución Exenta IF N° 50 | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Rancagua, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Conchalí | Resolución Exenta IF N°49 | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Conchalí, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud | |
24/01/2014 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Centro | Resolución Exenta IF N°48 | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Centro por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2014 | Centro de Salud |