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Aldeasalud / Boletin N 82 Conozca los problemas al corazon que cubre el AUGE GES

Agosto, mes del corazón Conozca los problemas al corazón que cubre el AUGE/GES y cuáles son los beneficios que brinda este plan

El AUGE/GES es un plan de salud universal para todos los afiliados del Fonasa y las Isapres que prioriza 80 problemas de salud, los cuales cuentan con las garantías explícitas de Acceso, Oportunidad de atención, Protección Financiera y Calidad, establecidas por ley.

Problemas al corazón cubiertos por el AUGE/GES

Son todas aquellas malformaciones cardíacas que están presentes al momento del nacimiento, en el cual la mayoría de éstas requieren un tratamiento quirúrgico que mejora significativamente el pronóstico del paciente.

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El Infarto Agudo del Miocardio (IAM) forma parte de un conjunto de problemas que afectan al corazón. El término agrupa una amplia gama de cuadros de dolor torácico de origen isquémico, es decir, cuando el flujo de sangre disminuye por un bloqueo parcial o completo de las arterias del corazón, lo que puede provocar la muerte del paciente.

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Corresponden a alteraciones en la generación del impulso eléctrico del corazón y/o a trastornos de la conducción, que determinan asincronía entre la contracción Auricular y Ventricular.

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Las valvulopatías son las enfermedades propias de las válvulas del corazón. La válvula aórtica puede dañarse por infecciones, traumatismos y trastorno degenerativo, siendo este último la causa más frecuente.

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Las válvulas pueden dañarse por infecciones, traumatismos, trastorno degenerativo u otras causas. La enfermedad de la válvula mitral está relacionada con mayor frecuencia a enfermedad reumática en el caso de la estenosis y a enfermedad mixomatosa en el caso de la insuficiencia mitral. El compromiso de la válvula tricúspide, generalmente, corresponde a la insuficiencia valvular y ésta, en un 75% de los casos se debe a una causa secundaria.

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¿Dónde reclamar si no lo atienden en el plazo estipulado por la Ley?

  • En caso que el Fonasa o la Isapre no designe un nuevo prestador dentro del segundo día, o el establecimiento designado no estuviera en condiciones de cumplir con las garantías del problema de salud respectivo, el beneficiario debe acudir a la Superintendencia de Salud durante los 15 días siguientes, con el fin de solicitar la designación de un tercer prestador.
  • La Superintendencia de Salud deberá designar un nuevo prestador en un plazo de 2 días.
  • El nuevo prestador debe atenderlo en un plazo máximo de 5 días desde la designación.

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La Superintendencia de Salud dispone de varias modalidades de contacto para recibir sus consultas, reclamos y sugerencias. Puede concurrir personalmente a nuestras oficinas en Santiago y regiones, comunicarse telefónicamente o hacerlo a través de internet o correo postal tradicional.

www.supersalud.gob.cl / 600 836 9000

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