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Aldeasalud / Boletin N 84 Foto que ilustra el tema del boletin

Derechos y Deberes de los Pacientes Exija sus derechos

El 1 de octubre de 2012 entró en vigencia la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes, que estableció cuáles son los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud.

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¿Cuáles son sus derechos?

Tener información oportuna y comprensible de su estado de salud.
Recibir un trato digno, respetando su privacidad.
Ser llamado por su nombre y atendido con amabilidad.
Recibir una atención de salud de calidad y segura, según protocolos establecidos.
Ser informado de los costos de su atención de salud.
No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.
Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención.
Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntaria.
Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual.
Consultar o reclamar respecto de la atención de salud recibida.
Ser incluido en estudios de investigación científica sólo si lo autoriza.
Donde sea pertinente, se cuente con señalética y facilitadores en lengua originaria.
Que el personal de salud porte una identificación.
Inscribir el nacimiento de su hijo en el lugar de su residencia.
Que su médico le entregue un informe de la atención recibida durante su hospitalización.

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¿Cómo reclamar si sus derechos han sido vulnerados?

Si una persona siente que ha sido vulnerado alguno de los derechos que contempla la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes, puede reclamar de la siguiente manera:

  • Reclamando directamente ante el consultorio, hospital, clínica o centro médico privado que lo atiende, institución que tiene un plazo de 15 días hábiles para responder.
  • Si el afectado estima que la respuesta no es satisfactoria o que no se han solucionado las irregularidades, podrá recurrir a la Superintendencia de Salud a presentar un reclamo, dentro del plazo de 5 días hábiles desde la fecha de su notificación. Junto con ingresar el reclamo deberá adjuntar la respuesta del establecimiento de salud o el número de reclamo en caso de no haberla recibido.
  • Asimismo, las personas tendrán derecho a requerir, alternativamente, la iniciación de un procedimiento de , en los términos de la ley N°19.966 y sus normas complementarias.
  • Una vez que el reclamo ingresa a la Superintendencia de Salud, se inicia una investigación para evaluar si hubo o no irregularidades. En caso de detectar incumplimientos se instruye la solución del problema y se sugiere que se tomen las medidas correctivas.

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Cómo realizar el trámite

Recepción de Reclamos en contra de Prestadores Institucionales de Salud por Ley de Derechos y Deberes.

En la oficina de Atención de Público de la Superintendencia de Salud, Alameda 1449, Torre 2, Local 12, Santiago, Chile (Metro La Moneda).

En las Agencias Regionales de la Superintendencia de Salud.

¿Cuáles son sus deberes?

Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.
Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su información médica
Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto.

Informarse acerca de los horarios de atención y formas de pago.

Tratar respetuosamente al personal de salud.
Informarse acerca de los procedimientos de reclamo.

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Visítenos:

La Superintendencia de Salud dispone de varias modalidades de contacto para recibir sus consultas, reclamos y sugerencias. Puede concurrir personalmente a nuestras oficinas en Santiago y regiones, comunicarse telefónicamente o hacerlo a través de internet o correo postal tradicional.

www.supersalud.gob.cl / 600 836 9000

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