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¿A qué tipo de atención dental tienen derecho los afiliados del Fonasa?

Los afiliados del Fonasa tienen derecho a recibir atención dental en los Consultorios de Atención Primaria de Salud, y acceso a la atención dental -en la modalidad institucional- garantizada por el plan AUGE o GES.

Las prestaciones de salud odontológicas que se realicen en Consultorios de Atención Primaria  de Salud tendrán una contribución estatal del 100% para los grupos A, B, C y D.

El plan AUGE o GES considera la atención dental para: "Salud oral integral de la embarazada, Salud oral integral para niños de 6 años, Urgencia odontológica ambulatoria y Salud oral integral a los 60 años".

 

¿Qué deben saber los profesionales especialistas que obtuvieron la Certificación de Especialidades Médicas en el extranjero?

En enero de 2017 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°20.985, que establece normas sobre certificación de especialidades médicas obtenidas en el extranjero. Acá destacamos sus aspectos más relevantes para orientar a los profesionales interesados.

  • ¿En qué consiste la Ley N°20.985 respecto de un médico cirujano titulado en el extranjero que quiere certificar su especialidad?
    ​La Ley establece normas sobre Certificación de especialidades médicas obtenidas en el extranjero y permite trabajar sólo en los servicios públicos en Chile, sin necesidad de aprobar el Eunacom y aún si no tramitan su título de Médico Cirujano revalidado en el país.
  • ¿Existe algún plazo para que los médicos cirujanos titulados en el extranjero puedan presentar su solicitud de certificación de especialidad?
    NO por regla general, pero los médicos cirujanos que cuenten con una especialidad obtenida en el extranjero que al 31 de diciembre de 2014 se desempeñaban a contrata o a honorarios en algún Servicio de Salud o establecimiento de atención primaria sin tener Eunacom aprobado, tienen un plazo de 6 meses contados desde la publicación de la Ley N°20.985 para presentar su solicitud de certificación, esto es, el 12 de julio de 2017 ante Conacem.
  • ¿Qué pasa con los médicos cirujanos que están tramitando la solicitud de certificación de su especialidad por CONACEM?
    Estos profesionales médicos (señalados en la respuesta anterior) podrán mantener sus vínculos de trabajo en el sector público con posterioridad al 14 de febrero de 2017 y hasta no constar el rechazo de su solicitud de certificación por la entidad certificadora.
  • ¿Qué entidades pueden certificar las especialidades?
    Sólo la entidad denominada CONACEM ostenta la autorización para certificar las especialidades a quienes hayan obtenido su título profesional de médico cirujano en el extranjero, incluso si no se encuentran habilitados para ejercer su profesión en Chile.
  • ¿Qué pasa si obtengo la certificación de la especialidad, pero no estoy habilitado para ejercer la profesión en Chile?
    En ese caso, si se otorga la certificación por la entidad el ejercicio de la profesión quedará limitado al de la especialidad certificada y sólo para el sector público.
  • ¿Qué es CONACEM y dónde se encuentra ubicada?
    CONACEM es la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, que se encuentra ubicada en:
    - Esmeralda 678, interior 3er piso (Metro Bellas Artes) - Santiago de Chile.
    - Fono: 22633 0705
    - Correo electrónico: conacem@cloud.cl
    - Sitio web: www.conacem.cl
  • ¿Es exigible el Examen de EUNACOM para los médicos cirujanos titulados en el extranjero que hayan obtenido la certificación de su respectiva especialidad ante CONACEM?
    No. Rendir este examen no es exigible para los médicos cirujanos titulados en el extranjero y con una especialidad certificada por CONACEM.
  • ¿Qué es EUNACOM?
    EUNACOM es el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina.

Recibí la sentencia al reclamo presentado en la Superintendencia en el año 2022 por el incremento de la prima GES en mi isapre. ¿Qué es lo que determina el documento?

La sentencia ordena, dependiendo de la isapre, aplicar la prima GES, de 7,22567 U.F. anuales o el valor informado en el trienio anterior (2019-2022), si éste resulta ser mayor.

Además, debe proceder a la devolución de las diferencias debidamente reajustadas por los meses que corresponda dentro de los 25 días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin perjuicio de la facultad que tienen para reclamar dicha instrucción.

En caso que la isapre no lo haga o se niegue, podrás informarlo a través de una presentación adicional en su reclamo. Para ello, debe ingresar, en nuestro sitio web en https://misuper.superdesalud.gob.cl/, opción Realiza el seguimiento de tu reclamo - Antecedentes Adicionales.

No presenté reclamo por el alza de la prima GES en 2022. ¿Qué debo hacer para impedir dicho reajuste?

El fallo de la Corte Suprema aplica a todos/as los afiliados/as, por lo que debe acudir a su isapre a validar que se haya rebajado el valor de la prima GES y en caso de requerir la devolución y la aseguradora le entregara una respuesta negativa, puede reclamarlo en esta Superintendencia ingresando en https://reclamos.superdesalud.gob.cl