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Inscripción de especialidades en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud

Contempla la incorporación de los profesionales de la salud que otorgan atención clínica a la población. Los inscritos pueden solicitar la agregación y modificación de sus datos. Los médico-cirujanos y cirujano-dentistas que tengan una especialidad y/o subespecialidad, pueden solicitar la inscripción de ésta en el Registro.

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Inscripción de título en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud

Contempla la incorporación de los profesionales de la salud que otorgan atención clínica a la población. Los inscritos pueden solicitar la agregación y modificación de sus datos. Los médico-cirujanos y cirujano-dentistas que tengan una especialidad y/o subespecialidad, pueden solicitar la inscripción de ésta en el Registro.

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Inscripción masiva de profesionales en el Registro de Prestadores Individuales de Salud

Contempla la incorporación de los profesionales de la salud que otorgan atención clínica a la población. Los inscritos pueden solicitar la agregación y modificación de sus datos. Los médico-cirujanos y cirujano-dentistas que tengan una especialidad y/o subespecialidad, pueden solicitar la inscripción de ésta en el Registro.

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Modificación de datos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud

Contempla la incorporación de los profesionales de la salud que otorgan atención clínica a la población. Los inscritos pueden solicitar la agregación y modificación de sus datos. Los médico-cirujanos y cirujano-dentistas que tengan una especialidad y/o subespecialidad, pueden solicitar la inscripción de ésta en el Registro.

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Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud

Herramienta que permite consultar si una persona está legalmente habilitada para ejercer su profesión en el país. Contiene información sobre todos los profesionales de la salud que otorgan atención clínica a la población, según lo definido en el "Reglamento sobre los Registros relativos a los Prestadores Individuales de Salud", aprobado por el D.S. N°16, de 2007, del Ministerio de Salud, entre los que se incluye a médico-cirujanos, cirujano-dentistas, enfermeras, matronas, tecnólogos médicos, psicólogos, kinesiólogos, farmacéuticos, químico farmacéuticos, bioquímicos, nutricionistas, fonoaudiólogos, terapeutas ocupacionales y a los técnicos paramédicos auxiliares regulados en el artículo 112 del Código Sanitario.

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