Acerca de la Superintendencia

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Carta de compromisos

La Carta de Compromisos es un instrumento que permite conocer, ejercer y reclamar los derechos de las personas frente a los Servicios del Estado.

En esta carta se establecen los derechos ante la Superintendencia de Salud y los compromisos que adquirimos con nuestros usuarios (as).

Somos un organismo del Estado, cuya Misión es "Regular y fiscalizar a los seguros y prestadores de salud del ámbito público y privado, resguardando los derechos de las personas, promoviendo la calidad y seguridad en las atenciones de salud".

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Nuestras funciones son:

  1. Supervigilar y controlar a las Isapres y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les impongan la ley, entre otras, el Régimen de Garantías en Salud, los reglamentos, los contratos de salud, y las instrucciones que emita este organismo.
  2. Supervigilar y controlar al Fondo Nacional de Salud en todas aquellas materias que digan estricta relación con los derechos que tienen los beneficiarios de la ley N° 18.469 en las modalidades de atención institucional, de libre elección, y lo que la ley establezca como Régimen de Garantías en Salud.
  3. Fiscalizar a todos los establecimientos de salud públicos y privados, sean éstos personas naturales o jurídicas, respecto de su certificación, acreditación, la mantención de los estándares establecidos en la acreditación, así como el cumplimiento de las exigencias contenidas en el Régimen de Garantías en Salud.
  4. Supervigilar y controlar a los establecimientos de salud públicos y privados, velando por el debido cumplimiento de las obligaciones que les impone la Ley N° 20.584, de Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

Los servicios que ofrecemos son:

  • Dar información respecto de los beneficios que otorgan el Fonasa y las Isapres.
  • Orientar para la tramitación de reclamos contra el Fonasa e Isapres.
  • Resolver reclamos contra el Fonasa e Isapres.
  • Fiscalizar a las aseguradoras en situaciones que afecten los derechos de los beneficiarios.
  • Fiscalizar a los establecimientos de salud acreditados en cuanto a la mantención de los estándares de calidad.
  • Llevar un registro de los prestadores individuales de salud.
  • Fiscalizar a los establecimientos de salud en cuanto al cumplimiento de la norma que prohíbe exigir cheques o dinero en garantía y resolver los reclamos contra ellos.
  • Informar sobre las características y normativas de los sistemas de evaluación de la calidad de los prestadores de salud del país.
  • Resolver reclamos contra prestadores institucionales de salud (Hospitales, Clínicas, etc.) por infracciones a la ley de derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
  • Entregar la documentación solicitada en el marco de la Ley N° 20285, de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

A cargo de los servicios de información y orientación está la Jefatura de la Unidad de Coordinación Regional y Gestión de Usuarios.

Para entregar una mejor atención requerimos que nuestros usuarios (as) conozcan y cumplan los procedimientos que hemos establecido, tales como presentar por escrito la documentación necesaria, acceder en los horarios indicados según la vía de ingreso que se utilice y relacionarse de manera respetuosa con el personal.

Si el servicio brindado no cumple con los estándares y compromisos establecidos por la Superintendencia, usted puede presentar una queja por escrito en cualquiera de nuestras oficinas o a través del Portal Web, y exigir una atención personalizada y una respuesta fundada de la jefatura responsable en Santiago o del Agente Regional correspondiente.

Usted puede acceder a la Superintendencia de Salud de tres maneras:

  • Acercándose a nuestras oficinas en todas las regiones del país.
  • Vía telefónica: llamando desde cualquier punto del país al 600 836 9000 o a Salud Responde, fono: 600 360 7777, entidad dependiente del Ministerio de Salud.
  • A través del Portal Web www.supersalud.gob.cl
DERECHOS: NUESTROS COMPROMISOS:
ACCESO AL SERVICIO
1. Derecho a una atención en la que se cumplan los horarios, tiempos y plazos establecidos.
  • Garantizamos tiempos máximos de atención:
    - 12 minutos de espera en atención presencial.
    - 1 día hábil para responder a las consultas ingresadas a través del Portal Web.
    - 10 días hábiles para respuestas a consultas por escrito.
  • Garantizamos plazos máximos de tramitación:
    - 90 días para responder reclamos administrativos contra el Fonasa e Isapres.
    - 180 días para responder juicios arbitrales contra el Fonasa e Isapres.
    - 60 días para responder a apelaciones contra resoluciones de la Superintendencia.
    - 180 días para la tramitación de reclamos por infracciones a la ley que prohíbe el cheque en garantía y a la ley de derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
    - 20 días hábiles para responder a las solicitudes de transparencia y acceso a la información pública.
  • En caso de interrupción o demora en la respuesta, informamos las causas que la han originado.
2. Derecho a un trato digno, igualitario y deferente.
  • Damos un trato respetuoso y diligente a todas las personas, sin distinción.
  • Damos atención preferencial en casos que lo ameriten, como embarazadas o personas con movilidad reducida.
3. Derecho a la gratuidad de los servicios que la Superintendencia ofrece directamente.
  • Entregamos gratuitamente los servicios que ofrece la Superintendencia a través de sus funcionarios(as).
DERECHOS NUESTROS COMPROMISOS
ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA
4. Derecho a acceder a la información de la Superintendencia.
  • Entregamos información clara, comprensible y de fácil interpretación sobre las funciones y los servicios que ofrece la Superintendencia, así como cualquier otra información que no esté afecta a las causales de reserva vigentes contempladas en la ley.
5. Derecho a información sobre el sistema previsional de salud.
  • Damos información sobre el financiamiento y los beneficios que el Fonasa o las Isapres ofrecen a sus afiliados(as).
  • Mantenemos a disposición la información necesaria para su orientación y resolución de dudas.
6. Derecho a información sobre los procedimientos para la presentación y resolución de reclamos contra el Fonasa, Isapres y Prestadores Institucionales de Salud.
  • Mantenemos a disposición información sobre el procedimiento de reclamos administrativos o arbitrales, sus plazos y los medios para informarse de sus avances.
7. Derecho a información sobre el cumplimiento de los estándares de calidad de los prestadores de salud acreditados.
  • Designamos a las entidades acreditadoras de los prestadores institucionales de salud para la evaluación del cumplimiento de los estándares de calidad.
  • Mantenemos un Registro Público de las Entidades Acreditadoras y de los prestadores institucionales acreditados.
  • Mantenemos un registro nacional con los diversos tipos de profesionales de la salud legalmente habilitados para ejercer en nuestro país y tramitamos las solicitudes de incorporación a dicho registro.
8. Derecho a conocer la identidad del funcionario(a) que atiende.
  • Nuestros funcionarios (as) que atienden público portan en todo momento su identificación de forma visible.
DERECHOS NUESTROS COMPROMISOS
DEBIDO Y JUSTO PROCEDIMIENTO
9. Derecho a presentar reclamos contra el Fonasa e Isapres, y recibir información completa y oportuna sobre el estado de su tramitación.
  • Recibimos y tramitamos los reclamos presentados en contra de las decisiones de las aseguradoras y entregamos una respuesta escrita y fundada.
  • Mantenemos disponible y actualizada la información del estado de los reclamos a través de las distintas vías de atención: Presencial, Telefónica y Portal Web.
  • Ponemos a disposición Ejecutivos (as) y Profesionales capacitados(as) para resolver consultas y conflictos con el Fonasa e Isapres.
10. Derecho a presentar reclamo en contra de establecimientos de salud
  • Resolvemos los reclamos por infracciones a la ley que prohíbe la exigencia de cheques o dinero en efectivo en garantía de prestaciones de salud.
  • Resolvemos los reclamos por infracciones a la Ley N° 20.584 de derechos y deberes que tienen las personas en relación con los establecimientos que han brindado la atención en salud.
11. Derecho a solicitar reconsideración de las resoluciones de la Superintendencia y obtener una respuesta fundada y clara.
  • Recibimos y tramitamos recursos en contra de lo resuelto por la Superintendencia, entregando una respuesta fundada que permita comprender las razones de la misma.
12. Derecho a la transparencia e imparcialidad en los procedimientos y decisiones.
  • Entregamos información y respuesta sobre los procedimientos y decisiones que afecten a usuarios (as).
  • Cumplimos los procedimientos y tomamos las decisiones para todos(as) por igual, basados en los principios de justicia e imparcialidad.
13. Derecho al honor y al respeto por la vida privada.
  • Guardamos confidencialidad de toda la información que pueda vulnerar la privacidad.
  • Solicitamos sólo la documentación necesaria.
14. Derecho a presentar queja contra cualquier acto funcionario que vulnere los derechos del usuario(a).
  • Ser atendido(a) de manera inmediata por el superior del funcionario(a) que estime ha vulnerado sus derechos.
  • Disponemos de un procedimiento para presentar quejas por actos funcionarios.
  • Respondemos las quejas en el plazo de 10 días hábiles mediante una comunicación personalizada.
  • Restablecemos el derecho vulnerado.
PARTICIPACIÓN EN LA SUPERINTENDENCIA
15. Derecho a opinar y formular sugerencias sobre el quehacer de la Superintendencia.
  • Disponemos de canales que permitan presentar observaciones, sugerencias y aportes al Servicio, las consideramos y respondemos por escrito en el plazo de 10 días hábiles.
  • Realizamos periódicamente estudios de satisfacción usuaria para mejorar la calidad del servicio.

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