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Resolución Exenta IF/N° 3

Se amonesta al CESFAM Santo Tomás, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías.

04 de enero de 2019

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