Normativa para Entidades Acreditadoras

Circular IP N° 15

Dicta instrucciones sobre el sentido y alcance que deben dar las Entidades Acreditadoras, en los procesos de acreditación que ejecuten, a las normas del sistema de acreditación para Prestadores Institucionales de Salud que se indican, en el ámbito de servicios de apoyo diagnóstico terapéutico.

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Fecha y motivo de la modificación

Rectificada por la Circular IP N° 18 del 23/01/2012. La Circular IP N°18, rectifica el numeral 2,4 relativo al "Componente Diálisis (APD)" de la Circular IP N°15.

Modificada por la Circular IP N° 24 del 16/05/2013, que aprueba la versión N°2 del "Compendio de Circulares que instruyen a las Entidades Acreditadoras sobre la interpretacion de normas del Sistema de Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud" y dicta nuevas instrucciones a las Entidades Acreditadoras. La Circular IP/N°24, sustituye el numeral 2.1.1., 2.1.2., 2.1.3., 2.5.1., y 2.6.1.de la Circular IP N°15.

Modificada por la Circular IP/N°34 del 05/01/2015, la que sustituye el texto del numeral 2.4.1 de la Circular IP N°15.

Modificada por la Circular IP/N°36 del 04/05/2016, la que sustituye el texto de los numerales 2.1.1. y 2.1.2. de la Circular IP N°15.

Circular, acreditación de prestadores, intendencia de prestaciones, sistema de acreditación, Chile,