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Boletín Aldea Salud

Boletín Aldea Salud N°80

Alzas anuales en los precios base de su Isapre: Proceso de Adecuación de Contratos julio 2014 - junio 2015

Cada año, las Isapres tienen la facultad de revisar los contratos de salud y modificar el precio base del plan del afiliado. A esto se le llama adecuación del contrato. La Superintendencia de Salud fiscalizará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 197 y 198 del DFL N°1, de 2005, de Salud, que regula las alzas de precios de las Isapres.

Aldeasalud / Boletin N 80 Foto que ilustra el tema del boletin

Alzas anuales en los precios base de su Isapre
Proceso de Adecuación de Contratos julio 2014 - junio 2015

Cada año, las Isapres tienen la facultad de revisar los contratos de salud y modificar el precio base del plan del afiliado. A esto se le llama adecuación del contrato. La Superintendencia de Salud fiscalizará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 197 y 198 del DFL N°1, de 2005, de Salud, que regula las alzas de precios de las Isapres.

Pasos del proceso de adecuación

Paso1 Paso2

Derecho a recibir una Carta informativa:

La Isapre deberá comunicar a cada afiliado el alza del precio base del plan, a través de una carta certificada enviada con 3 meses de anticipación al cumplimiento de la anualidad del contrato (mes en el que se firmó el contrato). Además tiene que ofrecer un plan alternativo que iguale el precio actual. Es importante mantener actualizada su dirección en la Isapre.

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Opciones que tiene el afiliado luego de conocer el alza del precio base de su plan:

a) Aceptar la propuesta de alza de precio efectuada por la Isapre, es decir, mantener el plan con los mismos beneficios e iguales coberturas, pero a un valor mayor.

b) Cambiar de plan dentro de la misma Isapre, a uno que se ajuste de mejor forma a su cotización actual.

c) Ponerle término al contrato, para cambiarse de Isapre o incorporarse al Fonasa.

d) Reclamar ante la Superintendencia de Salud.

e) Recurrir a las Cortes de Apelaciones respectivas.

El plazo para informar que opción tomará vence el último día hábil del mes de cumplimiento de la anualidad de su contrato y está indicado en la carta de aviso que llega a su domicilio. Si dentro del plazo que indica la carta no presenta objeción ante la Isapre, se entenderá que está conforme y la institución aplicará el alza informada.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

Puede reclamar ante la Superintendencia de Salud hasta el último día hábil del mes de cumplimiento de la anualidad de su contrato, información que debe ir contenida en la carta de adecuación contractual.

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Recuerde que:

  • En la adecuación de su plan, la Isapre no puede modificar los beneficios pactados en el contrato ni tener en cuenta las condiciones de salud del afiliado ni de sus beneficiarios.
  • El proceso de adecuación anual afecta sólo a los planes de salud individuales que se encuentran expresados en pesos o UF (excluye planes grupales y planes individuales expresados al 7).
  • Es de responsabilidad del afiliado mantener informada a la Isapre de cualquier cambio de domicilio.

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