Buscar temas

Excesos de cotización

Sabía usted que tanto los afiliados de las ISAPRES como del FONASA pueden recuperar los pagos por exceso de cotización.

Qué es y cómo se generan

imagen recurso_2.png

¿Qué es un Exceso de Cotización?

Es el monto de sobrecotización que se produce cuando la cotización percibida es superior al mayor valor entre la cotización total pactada y la cotización legal del 7% con tope legal imponible de 5,061 UF.

¿Cómo se generan los Excesos?

En su mayoría se originan al obtener remuneraciones extraordinarias, como bonos o gratificaciones, así como rentas de 2 ó más empleadores, lo que lleva a superar el tope imponible.

¿Cuándo una Isapre debe devolver los excesos de cotización a sus afiliados?

imagen recurso_3.png

Los excesos de cotización producidos deben ser devueltos por la Isapre a sus afiliados antes del 30 de abril de cada año, para el saldo acumulado al 31 de diciembre del año anterior.

La devolución sólo deberá efectuarse para aquellos afiliados a quienes se les adeuda una cantidad acumulada superiores a 0,07 U.F., para los montos inferiores a 0,07 U.F. deberán considerarse en el siguiente período de devolución en la medida que sumados a nuevos excesos generados durante el período, presenten una cifra superior a 0,07 U.F.

¿Qué hacer para obtener la devolución de lo cotizado en Exceso?

imagen recurso_4.png

Fonasa: Las personas beneficiarias deben solicitarlo en cualquier sucursal de Fonasa, presentando una carta indicando la situación y los documentos según sea el caso (copia de la planilla de pago de cotizaciones, liquidaciones de sueldo y-en caso de que tenga dos o más empleadores-los antecedentes que certifiquen la relación laboral como contrato de trabajo, con indicación de RUT y razón social del empleador).

Isapre: La normativa obliga a las administradoras a devolver en abril de cada año los saldos acumulados al 31 de diciembre del año anterior. Para ello le envían un cheque, efectúan transferencia electrónica, o ponen a disposición en una entidad bancaria un vale vista, remitiendo una carta certificada a la última dirección registrada por los afiliados en la institución. También las personas afiliadas pueden solicitar la devolución de los excesos en cualquier momento, en las oficinas de la isapre. La institución dispone de 15 días hábiles para efectuar la devolución y de 45 días hábiles cuando se refiere al último período de recaudación.

Datos útiles

Nuestra tarea

Bajada

La Superintendencia de Salud fiscaliza que el cálculo de los excesos de cotización se realice correctamente y, que tanto las devoluciones que solicitan las personas como aquellas que se realizan en forma masiva se efectúen en forma íntegra y oportuna.
 

¿Cuál es la cotización legal para salud y en qué plazo deben ser declaradas y pagadas?

Bajada

La cotización legal para salud es aquella que deben obligatoriamente efectuar los trabajadores y pensionados para financiar las prestaciones de salud, la que corresponde a un 7% de la remuneración con un tope imponible de 67,4 UF (Unidades de Fomento). La cotización legal para salud debe ser declarada y pagada dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente a aquél en que se devengaron las remuneraciones y pensiones.
 

¿Dónde un afiliado puede solicitar un Certificado de Cotizaciones de Salud pagadas?

Bajada

Un afiliado puede solicitar un Certificado de Cotizaciones de Salud pagadas directamente al Fonasa o a la Isapre en la cual se encuentre vigente. A requerimiento del empleador o del trabajador, el Fonasa y las Isapres deberán emitir un documento denominado Certificado de Cotizaciones de Salud pagadas, el que deberá contener la información relativa al trabajador durante el periodo de afiliación.
 

Cotizaciones de salud

Corresponde a la cotización que se destina para salud. En el caso de los cotizantes dependientes o pensionados, podrán aportar para salud sólo el 7% de su renta o pensión, o una superior, a alguna institución o entidad que le otorgue las prestaciones y beneficios de salud.

Cotizante

Son los trabajadores (as) del sector público y privado, los trabajadores independientes e imponentes voluntarios que coticen en cualquier régimen legal de previsión, los pensionados y los que perciban subsidios por incapacidad laboral o de cesantía.

Exceso de Cotización

Corresponde a la cotización percibida por la isapre en el respectivo mes, que sobrepase el monto que resulte mayor entre el Total Cotización Pactada y la Cotización Mínima Legal para Salud. Los montos que la isapre perciba por concepto de cotización en exceso están afectos a devolución.