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¿Qué prestaciones no son cubiertas por la Isapre?

Las prestaciones que no son cubiertas por la Isapre son: Las exclusiones de cobertura del contrato (preexistencias, prestaciones no aranceladas y medicamentos ambulatorios no arancelados); Las hospitalizaciones y tratamientos de patologías psiquiátricas, adicciones a drogas o alcoholismo; las prestaciones otorgadas fuera del territorio nacional, salvo que el Plan de Salud Complementario indique lo contrario, caso en el cual procederá la cobertura en los términos y bajo las condiciones que allí se convengan; La hospitalización con fines de reposo; Las patologías derivadas de complicaciones y secuelas de los tratamientos cosméticos o con fines de embellecimiento (No se considerarán con fines de embellecimiento las cirugías plásticas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni la destinada a reparar deformaciones sufridas por un accidente, ni las que tengan una finalidad estrictamente curativa o reparadora); Los tratamientos de infertilidad o esterilidad; Los tratamientos odontológicos; Las prestaciones homologadas (entendiendo por homologación el reemplazo de prestaciones por otras no codificadas en el arancel del contrato de salud), salvo que la Superintendencia de Salud la ordene en casos excepcionales conforme al D.F.L. N° 1, de 2005 del Ministerio de Salud; Los tratamientos quirúrgicos de la obesidad mórbida, sus complicaciones y secuelas, como cualquier otro tratamiento posterior a un tratamiento de obesidad, tanto quirúrgico como no quirúrgico, que tenga el carácter de cosmético, tales como abdominoplastía u otra corrección derivada de la baja de peso; La atención particular de enfermería, salvo que se trate de prestaciones que se encuentren en el Arancel Fonasa en la modalidad libre elección; Las prestaciones cubiertas por otras leyes hasta el monto de lo cubierto; Las prestaciones relacionadas con participación en actos de guerra.

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