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¿Cuál es la cotización legal para salud y en qué plazo deben ser declaradas y pagadas?
La cotización legal para salud es aquella que deben obligatoriamente efectuar los trabajadores y pensionados para financiar las prestaciones de salud, la que corresponde a un 7% de la remuneración con un tope imponible de 67,4 UF (Unidades de Fomento). La cotización legal para salud debe ser declarada y pagada dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente a aquél en que se devengaron las remuneraciones y pensiones.
La legislación vigente establece que los topes imponibles se deben reajustar anualmente de acuerdo a la variación positiva que experimente el Índice de Remuneraciones Reales determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
Las cotizaciones para salud de los afiliados al Fonasa y a una Isapre deberán ser declaradas y pagadas en dicha institución por el empleador, entidad encargada del pago de la pensión, trabajador independiente o imponente voluntario, según sea el caso. En caso de realizarse los pagos a través de medios electrónicos se pueden pagar hasta el día 13 (trece) de cada mes.
Glosario
Cotizaciones de salud
Corresponde a la cotización que se destina para salud. En el caso de los cotizantes dependientes o pensionados, podrán aportar para salud sólo el 7% de su renta o pensión, o una superior, a alguna institución o entidad que le otorgue las prestaciones y beneficios de salud.
FONASA
El Fondo Nacional de Salud es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención tanto a las personas que cotizan el 7% de sus ingresos mensuales para la salud en dicho fondo, como a aquellas que, por carecer de recursos propios, financia el Estado a través de un aporte fiscal directo.
ISAPRES
Son instituciones privadas que captan la cotización obligatoria de los trabajadores y pensionados que libre e individualmente han optado por afiliarse a ellas, otorgando servicios de financiamiento de prestaciones de salud y subsidios por incapacidad laboral para los afiliados y sus beneficiarios.
Pensionado
Persona que recibe el beneficio previsional consagrado en el Decreto Ley 3,500 que se clasifica en Pensión de vejez, invalidez y sobrevivencia.
Trabajador
Un trabajador o trabajadora es una persona que con la edad legal suficiente presta sus servicios retribuidos.
