Nacional

Clínica San José de Arica

acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado, Clínica San José de Arica

Datos del Prestador

N° de registro 651
Nombre Clínica San José de Arica
Rut 96.613.220-5
Dirección Juan Noé N° 1370, Arica, Región de Arica y Parinacota
Teléfono 58-2593000
Tipo de Establecimiento Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador Cormedari
Página Web www.clinicasanjose.cl

Representante Legal

Nombre Ignacio García Huidobro Honorato
Rut 11.340.144-9
Profesión Médico Cirujano
Domicilio Juan Noé N° 1370, Arica, Región de Arica y Parinacota
Correo electrónico Ignacio.GarciaHu@bupa.cl

Acreditaciones efectuadas

Segunda acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
31/01/2024 Resolución Exenta IP/N° 870 31/01/2027 Atención Cerrada - Alta Complejidad ACA Limitada

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
10/09/2019

Resolución Exenta IP/N° 2874

10/09/2022 Atención Cerrada - Alta Complejidad Acredita Norte Chile Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
18-02-2021 Resolución Exenta IP/N°780 Modifíquese las inscripciones N° 651 correspondiente a la Clínica San José de Arica, N° 30 Clínica Reñaca y N° 732 de Clínica Bupa Santiago la información relacionada con el cambio de Representante Legal en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados.

Sanciones

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado, Clínica San José de Arica
FechaTítuloResumenDescargar
28/03/2017Resolución Exenta IF/N° 70Impónese a la Clínica San José de Arica una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso.Resolución Exenta IF/N° 70
04/05/2016Resolución Exenta IF/N° 166Impónese a la Clínica San José de Arica una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso.
22/01/2013Resolución Exenta IF N° 76Se amonesta a la Clínica San José de Arica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.Resolución Exenta IF N° 76