Nacional

Hospital San José de Victoria

Prestador acreditado, Hospital San José de Victoria

Datos del Prestador

N° de registro 182
Nombre Hospital San José de Victoria
Rut 61.602.229-6
Dirección Avenida Dartnell 1100, Victoría, Región de La Araucanía
Teléfono 56-452555900
Tipo de Establecimiento Establecimiento de Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador Establecimiento de autogestión en red.
Página Web www.hospitalvictoria.cl

Representante Legal

Nombre Felipe Pérez Díaz
Rut 13.630.640-5
Profesión Ingeniero en administración
Domicilio Avenida Dartnell 1100, Victoría, Región de La Araucanía
Correo electrónico felipe.perez@araucanianorte.cl

Acreditaciones efectuadas

Segunda acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
13-12-2019 Resolución Exenta IP/N° 3923 13-12-2022 Atención Cerrada - Alta Complejidad Acredita Salud Limitada

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
11/02/2016 Resolución Exenta IP/N° 218 11/02/2019 Atención Cerrada - Alta Complejidad Acredita Norte Chile Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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Sanciones

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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Prestador acreditado, Hospital San José de Victoria
FechaTítuloResumenDescargar
27/03/2013Resolución Exenta IF N° 231Se amonesta al Hospital San José de Victoria, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.Resolución Exenta IF N° 231
16/04/2018Resolución Exenta IF/N° 202Se amonesta al Hospital San José de Victoria, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso.Resolución Exenta IF/N° 202