N° de registro | 111 |
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Nombre | Hospital Clínico San Borja-Arriarán |
Rut | 61.608.604-9 |
Dirección | Santa Rosa N° 1234, Santiago Centro, Región Metropolitana |
Teléfono | 25749101 |
Tipo de Establecimiento | Atención Cerrada |
Complejidad Asistencial | Alta Complejidad |
Propietario del Prestador | Establecimiento de autogestión en red |
Página Web | WWW.HCSBA.CL |
Nombre | Jorge Wilhelm Del Villar |
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Rut | 13.922.846-4 |
Profesión | Abogado |
Domicilio | Santa Rosa N° 1234, Santiago Centro, Región Metropolitana |
Correo electrónico | jorge.wilhem@redsalud.gov.cl |
Fecha Resolución | Resolución | Vigencia de la acreditación | Estandar de Acreditación Evaluado | Entidad acreditadora |
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15-06-2018 | Resolución Exenta IP/N° 1202 | 15-06-2021, prorrogada hasta el 15-06-2024 según la Resolución Exenta IP/N°464 de 05-02-2021 | Atención Cerrada - Alta complejidad | Acredita Calidad EIRL |
Fecha Resolución | Resolución | Vigencia de la acreditación | Estandar de Acreditación Evaluado | Entidad acreditadora |
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12/09/2014 | Resolución Exenta IP/N° 1245 | 12/09/2017 | Atención Cerrada - Alta complejidad | Acredita Norte Chile Limitada |
Fecha de publicación | Titulo | Resumen | Enlace |
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05-02-2021 | Resolución Exenta IP/N°464 | Resolución que ordena modificar la inscripción N° 111 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador "Hospital Clínico San Borja-Arriarán", prorrogando su vigencia de acreditación hasta el 15 de junio de 2024. | Descargar |
30-06-2020 |
Resolución Exenta IP/ N° 2318 |
Resolución que ordena modificar la inscripción N° 111 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador "Hospital Clínico San Borja-Arriarán", respecto a la actualización de información relacionada con el Representante Legal. | Descargar |
Fecha de publicación | Titulo | Resumen | Enlace |
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Fecha | Título | Resumen | Descargar |
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01/03/2013 | Resolución Exenta IF N° 175 | Se amonesta al Complejo Hospitalario San Borja Arriarán, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | ![]() |
30/01/2012 | Resolución Exenta IF N° 54 | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | ![]() |
19/07/2011 | Resolución Exenta IF/N° 549 | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | ![]() |
16/04/2018 | Resolución Exenta IF/N° 197 | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. | ![]() |