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Gestión del capital humano

Seguridad y prevención de riesgos

A partir de 1998, la Superintendencia se abocó a la tarea de lograr mejores condiciones de seguridad para sus funcionarios/as, el artículo N° 66 de la Ley 16.744 establece la obligación de organizar en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas los comités paritarios de higiene y seguridad, ello implicó en primer lugar y en conformidad a las disposiciones legales, conformar Comité Paritarios en la casa matriz, y en segundo lugar, para la aplicación de la ley de seguro social de accidentes laborales y enfermedades profesionales, hacer convenios con el INP y Hospital del Trabajador.

 

Tipo Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Año 2012 Año 2013 Año 2014
Dotación efectiva 238 244 249 254 263 276 290
N° de Beneficiarios 239 244 256 256 263 276 290
N° de Beneficiarios con Accidente de Trabajo 5 9 4 4 3 5 1
N° de Beneficiarios con Accidente de Trayecto 1 1 6 3 5 4 6
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