Cesantía
Qué hacer en caso de cesantía para beneficiarios de Fonasa
La Superintendencia de Salud responde a las preguntas frecuentes que puedan tener los afiliados(as) de Fonasa cuando quedan cesantes.
Soy beneficiario del Fonasa, ¿qué trámite debo hacer si quedo sin trabajo?
- Para acceder a los beneficios, deberá presentar en cualquiera de las sucursales de FONASA existentes a lo largo de todo el país, el comprobante de pago del subsidio de cesantía, el certificado para la obtención de credencial de salud (completado) y cédula de identidad.
- Legalmente, las personas cesantes siguen siendo considerados como beneficiarios de FONASA y, por tanto, tienen derecho a acceder a la Modalidad de Atención Institucional.
- Luego, si alguien pertenecía al tramo C o D, queda cesante, y no recibe ingresos, lo más probable es que lo califiquen en el grupo A.
¿Quiénes pueden atenderse a través de la Modalidad Libre Elección de Fonasa?
- La Ley contempla que sólo podrán hacerlo los trabajadores dependientes o contratados por un empleador. También podrán hacerlo los trabajadores independientes, siempre que coticen para vejez y salud.
Era trabajador contratado por obra o faena terminada, pero quedé cesante. ¿Puedo atenderme a través de la Modalidad Libre Elección de Fonasa?
- Las personas que eran trabajadores del sector publico o privado, que se encuentran sin trabajo por causas ajenas a su voluntad, y que hayan efectuado cotizaciones, al menos, durante cuatro meses en los últimos doce meses calendario contratados por obra o faena determinada, mantendrán la calidad de afiliados de Fonasa por un período de doce meses a contar del mes al que corresponde la última cotización.
Era trabajador contratado por turno, pero quedé cesante. ¿Puedo atenderme a través de la Modalidad Libre Elección de Fonasa?
- Los trabajadores dependientes contratados diariamente por turnos o jornadas, que registren, al menos, sesenta días de cotizaciones en los doce meses calendario anteriores al finiquito, mantendrán la calidad de afiliados a Fonasa durante los doce meses siguientes a aquel correspondiente a la última cotización.
Estoy cesante, pero me acogí al subsidio de cesantía de la comuna donde vivo. ¿Puedo acceder a atenderme yo o mis beneficiarios a través de la Modalidad Libre Elección de Fonasa?
- Sí, el artículo 135, letra d), del DFL N° 1, de 2005, establece expresamente que las personas que gocen de subsidio de cesantía, mantendrán la calidad de afiliados a Fonasa durante el período en que perciban dicho subsidio.
Estoy cesante, pero estoy gozando del seguro de desempleo. ¿Puedo acceder a atenderme yo o mis beneficiarios a través de la Modalidad Libre Elección de Fonasa?
- Sí, el artículo 20 de la Ley N° 19.728 (sobre Seguro de Desempleo), establece expresamente que los afiliados al Seguro que perciban prestaciones por cesantía, mantendrán la calidad de afiliados a Fonasa durante el período en que se devenguen las mensualidades respectivas.