Directorio de Médicos Contralores
El D.S. N°3 del 4 de enero de 1984, ha reglamentado el proceso de autorización de las licencias médicas por parte de los Servicios de Salud e Instituciones de Salud Previsional.
En su artículo 33° del respectivo Decreto, se establece lo siguiente: "Para la debida calificación y autorización de las licencias médicas, el control del correcto goce de este beneficio y las otras funciones que la ley y el presente reglamento asignan a las Isapre, éstas deberán contar con el apoyo técnico de médicos cirujanos y otros profesionales que ellas determinen".
Por otra parte, el artículo 36° de dicho reglamento determina que: "El médico cirujano autorizado por la Isapre para pronunciarse sobre la autorización, modificación o rechazo de las licencias, deberá consignar bajo su firma, en el formulario de licencia, su pronunciamiento en los términos señalados en el artículo 16 de este reglamento".
Con relación a lo señalado precedentemente y dada la facultad fiscalizadora que este Organismo tiene sobre los aspectos procesales de la tramitación de las licencias médicas, se solicitó a las isapres una nómina con los Médicos Cirujanos autorizados por la Isapre para pronunciarse respecto de las licencias médicas.
A continuación el Directorio de Médicos Contralores actualizado al 31 de diciembre de 2011.